Indecopi: sanción máxima para unos, tolerancia para muchos

Indecopi impuso la sanción máxima permitida por ley a dos agencias vinculadas con el accidente fatal ocurrido en Huacachina: 900 UIT, equivalentes a S/4.950.000. Lima Experience y Aventura Sin Fronteras recibieron una multa de 450 UIT cada una, luego de que una turista perdiera la vida durante un servicio realizado en un vehículo tubular artesanal, presuntamente sin frenos ni condiciones mínimas de seguridad.

La sanción es correcta y necesaria. Lo cuestionable es que semejante firmeza parezca una excepción dentro de un país donde viajar en transporte urbano, provincial o interprovincial continúa siendo una actividad marcada por la informalidad, las fallas mecánicas, los conductores agotados y la fiscalización tardía.

Indecopi ha demostrado que puede aplicar el máximo rigor cuando una empresa incumple su deber de seguridad. Entonces, debe hacerlo con todos por igual. No puede existir una sanción de S/4,95 millones para dos agencias turísticas y, al mismo tiempo, tolerancia frente a empresas de transporte que acumulan infracciones, permiten circular unidades deficientes o contratan conductores sin condiciones laborales adecuadas.

La vida de una turista no vale más que la de un trabajador que viaja en una combi, la de un estudiante que aborda un bus urbano o la de una familia que recorre cientos de kilómetros en un ómnibus interprovincial. Sin embargo, la respuesta institucional parece depender del impacto mediático, del tipo de servicio o de qué autoridad recibió primero el expediente.

El Estado se escuda en su propio laberinto: Sutran fiscaliza las carreteras nacionales, la ATU controla Lima y Callao, las municipalidades supervisan el transporte regional e Indecopi protege al consumidor. Hay abundancia de entidades, competencias y comunicados, pero escasean las sanciones capaces de cambiar conductas. Cuando ocurre una tragedia, cada organismo explica sus límites mientras las empresas encuentran vacíos para dilatar responsabilidades.

La informalidad tampoco puede seguir funcionando como salvoconducto. Si una unidad no tiene autorización, empresa responsable, revisión técnica o conductor habilitado, nunca debió recoger pasajeros. Permitirle operar y luego alegar que no existe a quién sancionar es una confesión de fracaso estatal.

La multa de 900 UIT debe convertirse en un precedente nacional. Indecopi debe sancionar con la misma severidad a agencias, empresas de buses, consorcios urbanos, terminales y comercializadores que expongan al público a riesgos injustificados.

Reflexión final
La justicia administrativa no puede ser implacable con unos y complaciente con muchos. Una sanción máxima aislada sirve para una conferencia de prensa; una política constante protege vidas. Mientras la ley golpee con fuerza solo después de ciertas tragedias, la igualdad seguirá siendo un discurso y la tolerancia institucional continuará viajando gratis. (Foto ilustración: lacajanegra.blog).

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