Fuego cruzado: Eliane Karp y Martha Chávez sobre indulto a Toledo

Eliane Karp respondió a Martha Chávez con una frase destinada a incendiar el debate: “Escúchame, Marthita”. Luego sostuvo que Alejandro Toledo no puede compararse con Alberto Fujimori porque su esposo no ordenó matar ni torturar. La diferencia entre delitos de corrupción y graves violaciones de derechos humanos es evidente. Sin embargo, utilizarla para convertir una solicitud de indulto en competencia moral resulta tan efectista como jurídicamente insuficiente.

En el Perú, cada familia presidencial parece descubrir la humanidad del sistema penitenciario únicamente cuando uno de los suyos ocupa una celda. Antes, la prisión simboliza justicia; después, se convierte en persecución, ensañamiento y vulneración de derechos.

Alberto Fujimori fue condenado a 25 años de prisión por los casos Barrios Altos y La Cantuta, además de los secuestros agravados de Gustavo Gorriti y Samuel Dyer. Por ello, la frase de Karp sobre “miles” de personas asesinadas y torturadas no corresponde específicamente al contenido de aquella sentencia. Criticar un régimen autoritario no autoriza a reemplazar la precisión judicial por una cifra lanzada desde una entrevista.

Alejandro Toledo, sin embargo, tampoco está preso por una travesura contable. Fue condenado a 20 años y seis meses por colusión y lavado de activos vinculados al caso Odebrecht, tras ser acusado de recibir millonarios sobornos relacionados con la Carretera Interoceánica. En 2025 recibió además otra condena de 13 años y cuatro meses por lavado de activos en el caso Ecoteva; ambas penas se cumplen de manera concurrente. Toledo mantiene su inocencia y puede cuestionar judicialmente las sentencias, pero repetirlas ante los micrófonos no las vuelve inexistentes.

Martha Chávez también apela a una memoria convenientemente recortada. Recuerda que Toledo rechazó durante años un indulto para Fujimori y ahora exige coherencia. El argumento revela una contradicción política, pero no debería sustituir la evaluación médica y legal. Un indulto humanitario no es un premio a la consecuencia ideológica ni un castigo por declaraciones antiguas.

La salud del interno debe determinarse mediante peritajes independientes, documentos verificables y criterios aplicables a cualquier condenado. No puede depender del apellido, de las amistades políticas ni de quien tenga acceso a una entrevista internacional. De lo contrario, la clemencia deja de ser humanitaria y se convierte en privilegio presidencial.

Los casos de Fujimori y Toledo son distintos por su naturaleza penal, pero comparten una tentación peligrosa: transformar el indulto en instrumento político. Ni la gravedad de un delito borra los derechos humanos del condenado ni la enfermedad elimina automáticamente su responsabilidad judicial.

Reflexión final
La justicia no debe confeccionarse según la familia que reclama, el partido que gobierna o el expresidente que espera misericordia. Un Estado serio puede garantizar atención médica digna sin borrar sentencias ni humillar a las víctimas. Cuando la compasión solo aparece para los poderosos, deja de ser justicia humanitaria y se convierte en otra forma de desigualdad. (Foto ilustración: lacajanegra.blog).

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