Adrián Villar no iría a la cárcel gracias a ley de Dina Boluarte

Hay casos que desnudan, en una sola escena, la distancia entre la promesa de justicia y la letra fría que termina mandando. El caso de la deportista Lizeth Marzano, fallecida tras ser atropellada en San Isidro el 17 de febrero, es uno de ellos. No porque falten hechos —el propio Adrián Villar ha reconocido su responsabilidad—, sino porque el debate ya no gira alrededor de la verdad, sino de cómo evitar que la verdad tenga consecuencias reales.

La defensa ha admitido lo esencial: no se discute culpabilidad, se discute pena. Y ahí aparece el elemento que indigna con razón: la posibilidad de que, por la normativa aprobada durante el gobierno de Dina Boluarte, un imputado menor de 25 años, sin antecedentes, y con una eventual condena no mayor a ocho años, pueda acceder a una pena suspendida y cumplirla fuera de prisión. Ese marco legal, explicado en declaraciones públicas por la defensa y comentado por especialistas en entrevistas recogidas por RPP, cambia el centro moral del caso: del daño irreparable a la conveniencia procesal.

Aquí está el problema de fondo: una ley que se presenta como “racional” para ciertos tramos de edad puede convertirse, en la práctica, en un salvoconducto socialmente explosivo cuando se aplica a tragedias que conmueven al país. Porque la ciudadanía no está pidiendo venganza; está pidiendo coherencia. Y la coherencia mínima es esta: si una vida se pierde por una conducta que el propio responsable admite, el sistema no puede responder con un mensaje que suena —aunque no lo diga— a “se puede”.

La defensa puede tener razón cuando afirma que “el juez no puede ir más allá de la ley”. Pero esa frase, repetida como mantra, revela otra verdad: el Congreso y el Ejecutivo sí fueron más allá cuando diseñaron una puerta legal para que la cárcel se vuelva opcional en determinados escenarios. La pena suspendida no es impunidad formal, pero sí puede ser impunidad percibida. Y esa percepción, en un país golpeado por la informalidad y el privilegio, es dinamita institucional.

Esta editorial sostiene que la llamada “ley de Dina Boluarte” deja un mal precedente cuando permite que el castigo efectivo dependa más del cálculo de reducción de pena que del impacto social del hecho. Si el marco es tan flexible que, aun con fuga u omisión de auxilio en discusión, el resultado probable puede ser “no pisar un penal”, entonces el Estado no está educando: está desmoralizando.

Urge revisar con seriedad los candados: criterios más estrictos para delitos con resultado muerte, reglas claras cuando existe abandono del lugar o falta de auxilio, y una reparación civil que no sea simbólica. Y, sobre todo, una justicia que no confunda “cumplir la ley” con “servir al país”.

La pregunta no es si Adrián Villar “merece” cárcel por indignación pública. La pregunta es por qué la ley permite que, en un caso así, la cárcel sea negociable. Y si esa negociación es legal, entonces el debate democrático es inevitable: ¿para quién legisla el poder cuando legisla para suavizar la sanción, pero endurece el duelo de las víctimas?. (Foto: RPP).

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