¿El presidente de la República puede destituir a Julio Velarde?

En una campaña marcada por la ansiedad, el cálculo y las promesas de ruptura, una de las preguntas más delicadas ha saltado del terreno económico al político: ¿puede un presidente destituir a Julio Velarde del Banco Central de Reserva del Perú? La respuesta constitucional es más sobria que el discurso electoral: no puede hacerlo por decisión unilateral. El artículo 84 de la Constitución reconoce la autonomía del BCRP dentro del marco de su Ley Orgánica, precisamente para evitar que la política de coyuntura capture una institución llamada a preservar la estabilidad monetaria.

El debate se encendió cuando el candidato Roberto Sánchez colocó en discusión la continuidad de Julio Velarde y buscó marcar distancia del modelo económico vigente. Sin embargo, en declaraciones más recientes, el propio Sánchez evitó cerrar completamente la puerta a una conversación con Velarde, y afirmó que su agrupación no ha planteado eliminar la autonomía del ente emisor, aunque también sostuvo que “nadie es imprescindible” en el BCRP. Esa ambigüedad revela algo más profundo que una diferencia técnica: muestra hasta qué punto la estabilidad institucional puede convertirse en ficha de campaña cuando conviene polarizar.

Aquí la Constitución y la Ley Orgánica del BCRP no dejan demasiado espacio para la improvisación. La autonomía del Banco no es ornamental ni retórica. Su diseño existe para impedir que el gobierno de turno use la política monetaria como prolongación de sus urgencias políticas. La propia Ley Orgánica establece que los directores del Banco —y entre ellos su conducción— solo pueden ser removidos por la comisión de delito o de falta grave. Además, la remoción requiere una mayoría de dos tercios del número legal de legisladores, una investigación previa, un plazo de defensa no menor de diez días y la posibilidad de defensa oral ante el pleno del Poder Legislativo. No es, por tanto, una facultad presidencial. Es una barrera institucional contra el voluntarismo.

Ese punto merece subrayarse porque en el Perú se ha vuelto demasiado frecuente confundir mayoría electoral con poder ilimitado. No todo lo que un candidato anuncia puede ejecutarse apenas cruza la puerta de Palacio. En el caso del BCRP, la Constitución impone una separación deliberada entre el pulso político y la conducción monetaria. Y hace bien. La historia latinoamericana ofrece demasiados ejemplos de lo que ocurre cuando los bancos centrales dejan de servir a la estabilidad para servir al aplauso de corto plazo. La autonomía institucional no es un privilegio tecnocrático: es un seguro republicano frente a la tentación de intervenir donde conviene más al relato que al país.

Desde esta tribuna, corresponde advertir que abrir una discusión sobre la continuidad de Julio Velarde no es ilegítimo en sí mismo. En democracia, ningún cargo debería quedar blindado al debate. Lo problemático es instalar la idea de que un presidente puede removerlo como si se tratara de un funcionario subordinado al Ejecutivo. Esa narrativa erosiona la comprensión pública de la autonomía del BCRP y transmite una señal inquietante a los mercados, a la inversión y, sobre todo, a la ciudadanía: que las reglas pueden doblarse al ritmo del clima electoral. Cuando la campaña prefiere el gesto altisonante antes que la precisión constitucional, lo que se debilita no es solo una figura, sino la cultura institucional del país.

La Constitución responde con más seriedad que la campaña: un presidente no puede destituir por sí solo a Julio Velarde del BCRP. Puede proponer, presionar, discrepar o intentar construir una mayoría política, pero no puede convertir su voluntad en remoción automática. Y esa limitación no es un obstáculo para la democracia, sino una defensa de ella. Porque cuando la economía queda a merced del impulso político, los costos los termina pagando el país entero. En tiempos de tensión electoral, conviene recordar una verdad simple: las instituciones existen, precisamente, para impedir que el poder crea que todo le pertenece. (Foto: Perú Retail).

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