Hay cifras electorales que deberían provocar algo más que curiosidad. Según la revisión realizada por El Poder en tus Manos de RPP, a partir de las hojas de vida presentadas ante el Jurado Nacional de Elecciones, 1,739 candidatos de las Elecciones Regionales y Municipales 2026 declararon sentencias condenatorias por distintos delitos. La información es pública, fue declarada por los propios postulantes y coloca nuevamente bajo sospecha no al derecho de participación política, sino a los filtros éticos con los que los partidos confeccionan sus listas.
La pregunta resulta inevitable: ¿qué evalúan realmente las organizaciones políticas antes de entregar una candidatura? Porque cumplir los requisitos legales debería ser apenas el piso de una organización responsable, no necesariamente el techo de sus exigencias.
Entre los casos identificados aparecen condenas por diferentes delitos, incluidos algunos vinculados con corrupción y violencia. Especial atención merecen 63 aspirantes a alcaldías provinciales y distritales que declararon condenas relacionadas con violencia familiar, agresiones contra las mujeres o integrantes del grupo familiar. Estamos hablando de personas que aspiran a administrar municipalidades, conducir políticas públicas y representar institucionalmente a miles de ciudadanos.
Es indispensable hacer una precisión para evitar cualquier juicio irresponsable. Tener una sentencia declarada no significa automáticamente estar impedido legalmente de postular. El presidente del JNE, Roberto Burneo, explicó a RPP que algunos candidatos cumplieron sus penas, fueron rehabilitados y mantienen su derecho de participación política. La autoridad electoral debe aplicar la legislación vigente.
Pero precisamente allí comienza la responsabilidad política.
Que la ley permita una candidatura no obliga a un partido a presentarla. Legalidad y ética no son sinónimos. Una organización política puede preguntarse si determinada persona cumple formalmente los requisitos; una organización verdaderamente seria debería preguntarse además si representa los principios que dice defender.
Resulta demasiado conveniente trasladar toda la responsabilidad al elector después de que los partidos ya seleccionaron, inscribieron y promocionaron a sus candidatos. El ciudadano tiene el veredicto final, ciertamente, pero los partidos tuvieron el primero.
La herramienta desarrollada por RPP permite buscar candidatos por nombre, delito y organización política. Esa transparencia resulta fundamental porque votar informado también significa conocer antecedentes, no solamente escuchar promesas.
La conclusión es incómoda: 1,739 candidaturas con condenas declaradas no prueban que 1,739 personas estén legalmente inhabilitadas ni que todas las situaciones sean equivalentes, pero sí justifican una discusión urgente sobre la calidad de los filtros partidarios.
La reflexión final debería acompañarnos hasta la urna: si los partidos no elevan voluntariamente sus estándares éticos por encima del mínimo legal, entonces corresponde al ciudadano hacerlo con su voto. Porque una democracia no se deteriora únicamente cuando se incumple la ley; también cuando la política comienza a considerar suficiente todo aquello que la ley todavía permite. (Foto ilustración: lacajanegra.blog).
